null 06.05.- TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO
06.05.- TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO
17 febrero 2020 Fiscales 2023

 

Tarifa 2023

Viviendas:

por metro cúbico de agua consumido, por trimestre    

0,20

Resto de actividades:

 

por metro cúbico de agua consumido, con un mínimo de 25 metros cúbicos de agua por trimestre................................................

0,20

 

NOTA AL EPÍGRAFE 5

Tendrán un derecho a la reducción del 50% de la tasa de alcantarillado las personas empadronadas en el municipio que cumplan los siguientes requisitos:

1. Las personas perceptoras de la renta de garantía de ingresos a que se refiere el artículo 11 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social o, en su caso, beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, a que se refiere el artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital

2. Que estén percibiendo prestaciones por desempleo y cumplan los mismos requisitos de patrimonio que quienes reciben la RGI, aunque en este momento no la estuviesen percibiendo siempre que todos los miembros de la unidad convivencial se encuentren igualmente en desempleo. Para tener derecho a la bonificación deberán llevar a cabo la solicitud dentro del ejercicio de aplicación de la misma y previa acreditación tanto de los recibos abonados como de la situación legal de desempleo durante dicho periodo siempre que toda la unidad convivencial.

3. Aquellas personas o unidades convivenciales cuyos ingresos mensuales sean inferiores a la cuantía que pudiera corresponderles de RGI según número de personas, y a su vez cumplan los mismos requisitos patrimoniales que quienes perciben la RGI