null CONSULTA PUBLICA PREVIA DE LA ORDENANZA FISCAL SOBRE EL RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSPORTE URBANO (CERRADO)

CONSULTA PUBLICA PREVIA DE LA ORDENANZA FISCAL SOBRE EL RÉGIMEN TARIFARIO DE TRANSPORTE URBANO (CERRADO)

Considerando el informe emitido por la Interventora municipal que sirve de motivación a la presente, y que literalmente señala:

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, la en su artículo 25 establece como competencia municipal el transporte colectivo urbano.

La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi (LILE), reconoce la competencia municipal en materia de Ordenación, planificación, programación, gestión, disciplina y promoción de los servicios urbanos de transporte público de personas que, por cualquier modo de transporte, se lleven a cabo íntegramente dentro de sus respectivos términos municipales.

Así mismo, la Ley 4/2004, de 18 de marzo, de Transporte de Viajeros por Carretera establecen que los ayuntamientos son competentes, dentro del ámbito del transporte urbano, para la ordenación, gestión, inspección y sanción de los servicios de transporte público de viajeros, otorgamiento de los correspondientes títulos habilitantes y fijación del régimen tarifario con sujeción a lo dispuesto en la legislación aplicable al respecto. Igualmente, ostentarán las competencias que se establecen en el capítulo IX, en relación con las estaciones de viajeros.

Atendiendo a todo ello, por Decreto de Alcaldía 525/18, de fecha 23 de febrero, se acordó iniciar la contratación, por el procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada, del servicio de Transporte Urbano en el término municipal de Leioa.

En paralelo, el Ayuntamiento de Leioa trabaja en la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Leioa y el Consorcio de Transportes de Bizkaia para la implantación, gestión y explotación de la tarjeta Barik y los títulos en ella contenidos en el servicio regular permanente de transporte colectivo urbano del municipios, todo ello al objeto de facilitar y mejorar el servicio que se presta a los usuarios.

Atendiendo a todo ello y en base a la potestad normativa local legalmente reconocida, la que suscribe propone la elaboración y aprobación de una ordenanza fiscal que establezca el régimen tarifario aplicable de acuerdo con la competencia material atribuida a los Ayuntamientos.

Considerando que el Plan Anual normativo 2018 del Ayuntamiento de Leioa, aprobado por Decreto 2998/17, recoge, entre las previsiones de aprobación de normativa para este año, normativa en materia de e-administración, y a efectos de la articulación de la consulta pública previa a través de portal de transparencia municipal, de acuerdo con el art. 133 LPAC y el Decreto de alcaldía 3017/2017, informo que, al respecto de la ordenanza fiscal que regule la prestación del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros cuya elaboración se propone, sobre:

  1. Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa

La normativa estatal y autonómica en la materia regulan cuestiones en materia de transporte colectivo urbano de viajeros que requieren un desarrollo en orden a articular el establecimiento del régimen tarifario.

  1. Necesidad y oportunidad de su aprobación

El procedimiento de licitación abierto para el establecimiento del servicio de transporte colectivo urbano de viajeros en el ámbito municipal justifica su necesidad de aprobación.

  1. Objetivos de la norma

Además del cumplimiento de las obligaciones legales en la materia, se pretende que el Ayuntamiento de Leioa, establezca un marco jurídico seguro en la materia, estableciendo legalmente el régimen tributario por el uso del servicio municipal

  1. Posibles alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se considera la opción de alternativas no regulatorias, ya que de conformidad con la  Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, las entidades locales ostentan la potestad tributaria local, previendo el establecimiento de tasas mediante ordenanza fiscal, cuyo hecho imponible sea la prestación de servicios no realizados por el sector privado.

En base al informe de procedimiento para la aprobación de normativa emitido por la Secretaria municipal,

Puesta de manifiesto la necesidad de elaboración y aprobación de la normativa referida, y la vista de su inclusión en el Plan Anual Normativo 2018, en base a lo establecido en el art. 133  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a consulta pública previa, mediante la publicación en http://leioazabalik.leioa.net/consulta-previa, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatoria.

Normativa Expediente Fecha publicación Web Fecha fin plazo
Ordenanza fiscal sobre el régimen tarifario de transporte urbano

2018/AI/11/192

10.07.2018 24.07.2018