¿Por qué este portal?

Este portal surge de la oportunidad de aprovechar la necesidad de cumplir con la normativa que regula la transparencia, para dar un paso más allá y crear una herramienta que nos sirva para materializar nuestro compromiso con los y las leioaztarras de apostar por una estrategia de Gobierno Abierto.

Estrategia que va más allá del concepto Trasparencia ya que apoyándose en ella como un eje más, incluimos la Participación y la Colaboración como pilares de una gestión gestión moderna, eficaz y responsable del Ayuntamiento de Leioa, sin olvidar Leioa Data como la iniciativa de apertura de datos que tiene como misión fundamental contribuir, mediante la publicación progresiva de datos públicos, al desarrollo de los sectores económicos y al fomento de la transparencia administrativa.

La transparencia en el ámbito de la administración pública supone la apertura de todos los asuntos del Gobierno para que la ciudadanía, información en mano, sea capaz de tomar parte con solvencia en las decisiones que le conciernen. Transparencia es, por tanto, devolver a la ciudadanía parte del poder que deposita en la administración, para que participe y colabore en la construcción de lo público, lo de todos.

La transparencia es una exigencia social que la administración pública debe abordar y cumplir. La información, al igual que otras materias primas, es un bien que es necesario procesar, en torno al cual se crea valor económico y de cuya relativa escasez se derivan relaciones asimétricas de poder. La llegada de internet y de la web social está redefiniendo profundamente el campo de juego, en un contexto de mayor protagonismo de la ciudadanía: la sociedad está y quiere estar mejor informada y más implicada en los asuntos públicos. No es una tarea pasiva de "dejar ver", sino que más bien requiere de políticas que permitan mantener a la ciudadanía bien informada.

Esta manera de entender la gestión municipal tiene una serie de ventajas en la totalidad de los agentes que participan en ella de una u otra manera:

Para el Ayuntamiento

  • Confianza de la ciudadanía y empleados públicos: Cuanto mayor conocimiento tiene la ciudadanía de su administración, mayor legitimidad social le confiere; los/las empleados/as públicos/as trabajan con mayor seguridad si cuentan con una información abierta.
  • Ordenación interna de su información: La necesidad de transparencia obliga a la administración a organizar y clasificar toda la información que produce.
  • Conocimiento exacto de su actividad: Con toda la información ordenada, la administración sabe en todo momento con qué cuenta, por lo que sus decisiones se basarán en información veraz y actualizada.
  • Persecución de actividad irregular: Todos los miembros de una administración transparente están obligados a rendir cuentas de su actividad, lo que dificulta, si no impide, la comisión de actos ilícitos.

Para Otras Instituciones

  • Fácil interoperabilidad entre administraciones: El resto de instituciones podrán optar a una relación más estrecha con la administración propia.
  • Compartir conocimiento: Si la transparencia es una actitud generalizada, la posibilidad de trabajar de forma compartida aumenta, y con un gasto más reducido.

Para la Ciudadanía

  • Conocimiento exacto de la actividad municipal: La ciudadanía puede acceder de forma directa, sin intermediarios, a la información que genera el Ayuntamiento.
  • Confianza en la acción del Gobierno municipal: Cuanto mayor es ese conocimiento de la actividad, mayor es la capacidad de confiar en la administración.
  • Información veraz para la toma de decisiones: La ciudadanía dispone de datos oficiales para comprender mejor su entorno y tomar las determinaciones que a cada caso le corresponden.
  • Mayor capacidad de participación y fiscalización: Una sociedad bien informada tiene más herramientas para tomar parte de la vida pública, de la gestión de lo público.
  • Servicio profesional: Una administración con todo su catálogo de datos ordenado y clasificado está preparada para una atención más directa, ágil y precisa.
  • Datos reutilizables para la vida diaria: La ciudadanía puede disfrutar de más y mejores productos y servicios, porque más datos exactos están disponibles al público.

Para el tejido empresarial

  • Generación de valor y riqueza: Las empresas pueden diseñar productos derivados de los datos, que son gratuitos, para después comercializarlos.
  • Acceso a la contratación pública: Información precisa y actualizada de los contratos de la administración, de los pliegos de bases técnicas y de los datos relacionados con la contratación.
  • Innovación: Una institución que permite la entrada (y salida) de información, está en disposición para aprovechar la inteligencia de sus trabajadores/as, sus proveedores y sus clientes.

 

Defendemos el valor de la apertura en nuestro compromiso con los ciudadanos para mejorar los servicios, gestionar los recursos públicos, promover la innovación y crear comunidades más seguras.

Referencias externas

1.- EUDEL-RED DE AYUNTAMIENTOS VASCOS POR LA TRANSPARENCIA

La transparencia es una de las líneas estratégicas del trabajo de EUDEL. Supone uno de los grandes retos para las entidades locales, junto con la innovación y modernización, en las que los ayuntamientos tienen una larga trayectoria a través de las Agendas de Innovación Local (AIL). Como siguiente paso, la transparencia representa una gran oportunidad en términos de cercanía con la ciudadanía, mejor gestión y mayor legitimidad de la acción política local.

Esta idea se fundamenta en la existencia de una cada vez más insistente demanda de la ciudadanía de una mayor apertura de las entidades públicas en general y de las entidades locales en particular. A ello se suman las nuevas obligaciones marcadas por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, aprobada el 28 de noviembre de 2013.

En previsión de todo ello, en enero de 2013 EUDEL apuesta por la creación de la Red de Ayuntamientos Vascos por la Transparencia, a la que une el Ayuntamiento de Leioa en 2014, que constituye el marco principal para el diseño de una estrategia conjunta basada en intereses y necesidades comunes de los ayuntamientos vascos.

El enfoque del trabajo de la Red para avanzar en Transparencia municipal distingue dos grupos de ayuntamientos, en función de su mayor o menor recorrido en esta materia. Para aquellos ayuntamientos con mayor recorrido se busca la mejora colaborativa, para seguir avanzando juntos en ciertos temas como la transparencia sobre gestión, el diálogo con la ciudadanía sobre transparencia, open data, etc. Para los ayuntamientos con menor recorrido en transparencia, la Red promueve la iniciación colaborativa para aprovechar sinergias en este ámbito, principalmente a través de acciones de sensibilización, capacitación y asesoramiento.

Objetivos de la Red: facilitar a los ayuntamientos un espacio de intercambio de conocimientos, buenas prácticas y estrategias; aportarles metodologías, herramientas y materiales; ayudarles y acompañarles en el impulso de la Transparencia en sus gobiernos y administraciones locales. Se busca facilitar un marco para el diseño de una estrategia conjunta de los Municipios Vascos en Transparencia, con los siguientes objetivos:

  • Definir e implantar un Modelo de Transparencia propio de los Ayuntamientos Vascos: fases, ámbitos, metodología, referentes/buenas prácticas y materiales que les sirvan de referencia para ser más transparentes.
  • Posicionar a los Ayuntamientos Vascos y a EUDEL como referentes en Transparencia.
  • Informar a la sociedad sobre los pasos que los Ayuntamientos Vascos están dando para ser más transparentes.

Mas información:  http://www.eudel.eus/es/areas/transparencia
http://www.eudel.eus/destacados/transparencia/

2.- La Agencia Vasca de Transparencia - Gardena

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca establece la Agencia Vasca de Transparencia - Gardena (Título V) como órgano independiente que  promoverá el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, se encargará de salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, e incluso resolverá los recursos en el caso de las administraciones locales y forales, mientras que éstas no tengan establecido para estos casos un órgano de decisión propio.??

Entre las principales funciones de Gardena se encuentran las siguientes:

  • Dirimir los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho de la ciudadanía a la información pública y a la máxima transparencia posible
  • Dirimir  los límites legales a tal derecho basados en la protección de datos personales, la seguridad pública, la vida privada, el secreto profesional o los derechos a la propiedad intelectual e industrial.??
  • Asesorar en materia de transparencia y acceso a la  información pública.
  • Adoptar criterios de interpretación uniforme de las obligaciones legales en materia de transparencia

La ciudadanía podrá acudir a la Agencia Vasca de Transparencia-Gardena en el caso de que la Administración Pública vasca y el resto de entidades pertenecientes al Sector Público de la CAV y las Entidades Locales y su respectivo sector público no le responda a sus solicitudes de información pública en un plazo no superior a 15 días.

Más información: http://www.gardena.euskadi.eus/inicio/

3.- TRANSPARENCIA INTERNACIONAL (ITA)

Transparencia Internacional (TI) es una organización no gubernamental que opera a nivel internacional y que se dedica a combatir la corrupción, congregando a la sociedad civil, sector privado y los gobiernos en una amplia coalición global.  A través de sus capítulos en el mundo y su Secretariado Internacional, Transparencia Internacional aborda las diferentes facetas de la corrupción, tanto al interior de los países como en el plano de las relaciones económicas, comerciales y políticas internacionales. El propósito es comprender y enfrentar los dos rostros de la corrupción: quien corrompe y quien permite ser corrompido. En el ámbito internacional, TI impulsa campañas de concienciación sobre los efectos de la corrupción, promueve la adopción de reformas políticas, el establecimiento de convenciones internacionales sobre la materia; alienta la adhesión a las mismas y luego observa la implementación de dichos acuerdos por parte de los gobiernos, corporaciones y empresas. Asimismo, a nivel nacional, los capítulos de Transparencia Internacional actúan en aras de una mayor transparencia y del cumplimiento del principio de rendición de cuentas. Con este fin, TI monitorea el desempeño de algunas instituciones claves y ejerce presión para la adopción no-partidista de las reformas que sean necesarias.

Una de las actividades más relevantes de TI en el Estado es la elaboración de Índices de Transparencia. Estos índices se elaboran a través de la evaluación de los datos y la información que hacen pública en los portales web (genéricos y/o específicos de transparencia) de los indicadores y áreas de transparencia que fija cada Índice.

Es importante señalar que estos Índices no tratan en ningún caso de medir el nivel de corrupción o la conducta de personas que puedan pertenecer administrativamente o dirigir políticamente dichas entidades. Tampoco analizan en profundidad la calidad ni la verosimilitud de los datos a los que hace referencia cada indicador.

El Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA) persigue un doble objetivo: por una parte, realizar una evaluación del nivel de transparencia de los Ayuntamientos; y por otra, impulsar y propiciar el aumento de la información que estas instituciones ofrecen a la ciudadanía y la sociedad en su conjunto.

Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA) 2014

Más información: www.transparencia.org.es

4.- El Consejo Estatal de Transparencia

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (Título III).

El  Consejo es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad y de buen gobierno y de garantizar el derecho de acceso a la información pública. Además, es el órgano encargado de conocer de las reclamaciones que, en materia de acceso a la información, presente la ciudadanía en el ejercicio de este derecho. Se articula en torno a su Presidente, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno y otros órganos jerárquicamente dependientes del Presidente: la Subdirección General de Transparencia y Buen Gobierno (velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa previstas en la norma y realizar una labor interpretativa de las disposiciones de Buen Gobierno que recoge el título II de la Ley 19/2013) y la Subdirección General de Reclamaciones (conocer de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013).

Para la consecución de sus objetivos, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • Adoptar recomendaciones para el mejor cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
  • Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Informar preceptivamente los proyectos normativos de carácter estatal que desarrollen la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, o que estén relacionados con su objeto.
  • Evaluar el grado de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. Para ello, elaborará anualmente una memoria en la que se incluirá información sobre el cumplimiento de las obligaciones previstas y que será presentada ante las Cortes Generales.
  • Promover la elaboración de borradores de recomendaciones y de directrices y normas de desarrollo de buenas prácticas en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Promover actividades de formación y sensibilización para un mejor conocimiento de las materias reguladas por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
  • Colaborar, en las materias que le son propias, con órganos de naturaleza análoga.
  • Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o reglamentario.

 

Más información: http://www.consejodetransparencia.es/ct_Home
 

Regulación legal

Regulación legal
La normativa básica de aplicación es la que se deriva de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la información Pública y Buen Gobierno, normativa de carácter estatal publicada en el BOE del 10 de diciembre de 2013. Esta Ley es de aplicación completa al Ayuntamiento de Bilbao y a sus entidades dependientes.

Numerosas administraciones están elaborando normativa complementaria a la Ley 19/2013, especialmente comunidades autónomas. En la mayoría de los casos esta normativa es fundamentalmente de aplicación interna (su propia administración general y las entidades dependientes de la misma), aunque algunas de sus disposiciones sí afectan a terceras organizaciones.

La parte correspondiente al Código de Buen Gobierno entró en vigor en el momento de la publicación de la Ley en el BOE (10 de diciembre de 2013), mientras que la parte de Transparencia e Información disponía de un año de carencia desde su publicación oficial, en lo que afecta a la Administración General del Estado y las entidades privadas. Las comunidades autónomas y los ayuntamientos tienen dos años para comenzar a aplicar la Ley, es decir, hasta el 11 de diciembre de 2015, siendo ésta la fecha de aplicación para el Ayuntamiento de Leioa y sus entidades dependientes. Con ello se da margen para que las comunidades autónomas que lo deseen puedan aprobar su propia legislación en esta materia.

En Euskadi se está en fase de elaboración de un proyecto de Ley de Transparencia, Participación Ciudadana y Buen gobierno, del que encontrarás más información en el siguiente enlace: http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/contenidos/informacion_publica/inf_dncg_ley_64397_2015_02/es_def/index.shtml

Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE-A-2013-12887.pdf