Qué es. Para qué sirve
Facilitar el derecho de la ciudadanía a recibir la información pública que solicite sin necesidad
de hacer constar motivación alguna.
Se entiende por Información Pública aquellos contenidos o documentos, cualquiera que sea
su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o
adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo toda aquella información relativa a la Publicidad Activa que el Ayuntamiento está
obligado a publicar, se encuentra a disposición en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento
de Leioa.
Quién lo puede solicitar
Toda persona interesada o su representante legal.
Modelo de solicitud
Documentación a aportar
Documentación:
- La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a la
solicitud. - AUTORIZACIÓN GESTIONES en caso de realizar el trámite o firmar persona distinta de la interesada (Se deberá presentar fotocopia u original del DNI de la persona representada).
Dónde se tramita
Ayuntamiento (Elexalde, 1)
Oficina descentralizada (Langileria, 202)
Horario:
- Verano: de lunes a viernes de 8:30h. a 13:30h.
- Resto del año: de lunes a viernes de 8:30h. a 14:30h
Más información
info@leioa.net
info.pinueta@leioa.net
Ayuntamiento: 94.400.80.00 | 94.400.80.20
Oficina descentralizada: 94.464.67.22
Precio
El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
Plazo estimado para resolver y certificar
Plazo estimado: Un mes desde la recepción de la solicitud, pudiendo ampliarse por otro mes más si el volumen o complejidad de la información que se solicita así lo hicieran necesario.
Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado la resolución el sentido del silencio es desestimatorio.
Normativa aplicable
- Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. (BOE nº 295 de 10-12-2013)
- Ley 30/1992 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285 de 27-11-1992; nº 311 de 28-12-1992; nº 23 de 27-01-1993)
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 03-04-1985)
- Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE nº 150 de 23-06-2007)
- Ley 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participacón pública y de acceso a la justicia en material de medio ambiente
- Normativa específica de la materia sobre la que se solicita información
Procedimiento tras la solicitud
Facilitar la información con las herramientas de que se dispone (manual de trámites, biblioteca de modelos, de solicitudes, etc...).
En caso de precisar información específica se facilitará el contacto con el personal técnico del Area correspondiente.
Trámites posteriores
Lo que proceda según el asunto.
Observaciones/Aclaraciones
Límites al Derecho de Acceso:
La propia naturaleza de la información, cuando afecte a determinadas materias o entre en
conflicto con otros intereses protegidos (datos personales), serán los únicos motivos que
podrán limitar el ejercicio de este derecho. (Artículo 14, Ley 19/2013 de Transparencia, acceso
a la información pública y buen gobierno).
Causas de inadmisión de solicitudes:
- Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general.
- Referidas a información que tenga carácter auxiliar y/o de apoyo como la contenida en notas, borradores, informes internos, etc...
- Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.
- Dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente.
- Que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con la
- finalidad de transparencia de la Ley
Área responsable
SECRETARÍA
Acceso al trámite