La modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Leioa afecta a la parcela A del Área 16C (Ibaiondo-Terciario), y tiene como finalidad posibilitar que el edificio con obras en ejecución pueda destinarse íntegramente a un uso de equipamiento docente (uso educativo).
Esta área 16C fue creada mediante modificación del PGOU, que incorporó el artículo 8.1.21-A. «Ordenanza del área 16C Ibaiondo-Terciario», con aprobación definitiva mediante Orden Foral del Departamento de Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia 588/2002, de 30 de septiembre (BOB de 26 de mayo de 2003). Posteriormente, el Proyecto de Reparcelación del área, aprobado por resolución de 20 de julio de 2004, configuró dos parcelas de propiedad privada: A y B. Dichas parcelas fueron objeto de Estudio de Detalle, aprobado definitivamente mediante acuerdo plenario de 25 de mayo de 2006 (BOB de 5 de junio de 2006).
En la actualidad, el área 16C se encuentra completamente urbanizada y de los cuatro edificios previstos en el PGOU: tres están finalizados; y se encuentra con obras en ejecución la edificación del Bloque 1, en la parcela A, (Referencia catastral 054-1019-03007-0001; número fijo: N0337678R).
La presente modificación del PGOU tiene por objeto delimitar y definir unos nuevos parámetros urbanísticos para la edificación de la citada parcela A, que permita destinar la totalidad del edificio a un uso de equipamiento docente, de acuerdo con las necesidades y especificidades de este tipo de uso.
El cambio supone modificar el artículo 8.1.21-A del PGOU, definiendo el área original 16C como consolidada conforme al planeamiento, con los parámetros edificatorios, usos y alineaciones actuales, si bien se reduce su superficie, ya que, de la misma se desgaja e independiza la nueva área 16D, en la que se delimita una Actuación de Dotación que afecta a la parcela A. Asimismo, el cambio implica definir parámetros urbanísticos que posibiliten implantar el uso de equipamiento docente en la totalidad del edificio.
A tal fin deben definirse los nuevos elementos edificatorios del edificio en la nueva área 16D, como sus usos posibles, altura y edificabilidad de cada una de las plantas, configurado como edificio diseñado desde el propio PGOU. Ello afecta a parámetros de ordenación estructural y pormenorizada, puesto que se define un nuevo uso característico, la edificabilidad, los usos tolerados y prohibidos, las alturas, el número de plantas, los aparcamientos, etc. En relación con el uso se plantean los siguientes cambios:
- Definir el equipamiento como uso característico del edificio afectado.
- Eliminar la obligación de que exista un mínimo del 50% de uso de oficinas en el área.
- Permitir el uso de equipamiento también en la planta sótano, vinculado a las plantas superiores.
Mediante Decreto 3248/25, de 20 de agosto de 2025, se acordó, entre otros, el inicio del procedimiento de «Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Leioa relativa al Área 16-C Ibaiondo Terciario», así como aprobar la propuesta de Programa de Participación Ciudadana relativa a la mencionada propuesta de modificación del planeamiento general.
En cumplimiento de los objetivos del Programa de Participación Ciudadana (PPC) y tal y como en él se contempla, se habilita en este Portal de Transparencia y Buen Gobierno del Ayuntamiento el presente apartado específico donde: por un lado, se comunique, informe y ponga a disposición de la ciudadanía de Leioa todas las propuestas y acciones de participación previstas; por otro lado, haga de esta página web un canal para recoger aportaciones y sugerencias; y, finalmente, se dé acceso a toda la documentación que se vaya generando a lo largo del proceso de modificación puntual del PGOU.
Por ello, y conforme se vaya avanzando en la tramitación del expediente se actualizará este apartado del Portal de Transparencia y Buen Gobierno del Ayuntamiento con las informaciones y documentaciones señaladas.